FAS -Incoterms Free Alongside Ship Qué es Incoterm FAS


FAS - Free Alongside Ship
En este artículo te detallaremos paso a paso de que trata la regla Incoterms FAS y que rol cumple en el comercio exterior.

¿Qué es Incoterm FAS?

Al hablar de la regla Incoterms FAS - Free Alongside Ship por su significado en español franco al costado del buque.
Cave recalcar que es un término que se utiliza exclusivamente por Buque (mar o vías fluviales de navegación interior)
En este término Incoterms FAS - Free Alongside Ship el vendedor o exportador cumple toda su obligación cuando la mercancía ha sido puesta al costado del buque sobre el muelle, en el puerto convenido. Exige que el comprador despache la mercancía en aduana para la exportación.

En las siguientes líneas veremos que obligaciones cumplen el comprador y vendedor al negociar con el termino Incoterms FAS.

Obligaciones del comprador o importador

Pagar el precio conforme lo acordado o negociado en el contrato de compra venta.
Contratar el transporte de la mercancía a partir del puerto de embarque designado, así como recibir la entrega de la mercancía. Los peligros de degeneración y maltrato de la mercadería los asumirá desde el vencimiento en que haya sido entregado y en todo caso de no obedecer con sus responsabilidades deberá Afrontar los peligros adicionales que pueda padecer la mercancía.

Asumir todos los costos posteriores a la entrega de la mercancía (carga, colocación en el buque, flete, descarga, trámite de aduana de importación).

Pagar cualquier desembolso adicional en que se haya incurrido, inmediatamente sea porque el barco designado por él no ha resistido a espacio, o no puede responsabilizarse de la mercancía, o deja de aceptar carga con antelación del momento acordado.

El importador tendrá que dar al vendedor aviso sobre el nombre del buque, lugar de carga y fecha de entrega requerida y pagara los gastos de inspección previa al embarque. también como todos los gastos y gravámenes en que se haya incurrido para la obtención de documentos de documentos y rembolsar los efectuados por el vendedor al prestar su ayuda al respecto.

La contratación de un seguro que cubra el riesgo de transporte en barco es voluntario.

Obligaciones del vendedor

Entregar la mercancía y la factura comercial de acuerdo al contrato de compra-venta.

Responsabilizarse de todos los trámites   necesarios para el despacho en aduanas, asumiendo todos los gastos que dicha transmisión requiere.

La mercancía debe ser entregada al costado del buque conforme lo estipulado en el contrato en el lugar y fecha acordado.

Asumir los riegos hasta entregar la mercancía al costado del buque en el muelle puesta a disposición del comprador.

Tener una comunicación con el comprador luego que la mercancía ha sido entregada al costado del buque designado con toda la documentación usual de prueba de dicha entrega de la mercancía.

Incurrir en todos los gastos necesarios en las operaciones de verificación en efecto, hasta que la mercancía sea puesta disposición por el comprador además de incurrir los gastos de embalaje requerido para el transporte de la mercancía.

Si el comprador necesite alguna ayuda para tramitación de alguna documentación emitido en el país de origen que pueda necesitar el vendedor debe prestar ayuda. Así como proporcionar información necesaria para conseguir el seguro.

Realizar todos los trámites aduaneros necesarios para la exportación de dicha mercancía.

Documentación mínima aportar por el vendedor
  • Factura comercial.
  • Lista de contenido (en el supuesto de que la expedición esté compuesta por más de un bulto).
Otros documentos dependiendo de las características del producto:
    • Certificado Sanitario.
    • Certificado de Metrología.
    • Certificado de Pesos.
    • Certificado CITES.
    • Otras Certificaciones relativas al producto a tramitar en el país de origen.
En función del Régimen Comercial de Exportación, el vendedor podrá precisar para el despacho Aduanero de Exportación algunos de los siguientes documentos:
    • Licencia de Exportación.
    • Autorización Administrativa de Exportación.
    • Documento de Vigilancia Comunitaria.
    • Notificación Previa de Exportación.
Medios de pago habituales
  • Transferencia.
  • Remesa simple.
  • Remesa Documentaria.
  • Crédito Documentario.

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