FAS - Free Alongside
Ship
En este artículo te
detallaremos paso a paso de que trata la regla Incoterms FAS y que rol cumple
en el comercio exterior.
¿Qué es Incoterm FAS?
Al hablar de la regla
Incoterms FAS - Free Alongside Ship por su significado en español franco al
costado del buque.
Cave recalcar que es un
término que se utiliza exclusivamente por Buque (mar o vías fluviales de navegación
interior)
En este término Incoterms
FAS - Free Alongside Ship el vendedor o exportador cumple toda su obligación cuando
la mercancía ha sido puesta al costado del buque sobre el muelle, en el puerto convenido. Exige que el
comprador despache la mercancía en aduana para la exportación.
En las siguientes líneas
veremos que obligaciones cumplen el comprador y vendedor al negociar con el
termino Incoterms FAS.
Obligaciones del comprador o
importador
Pagar el precio
conforme lo acordado o negociado en el contrato de compra venta.
Contratar el transporte
de la mercancía a partir del puerto de embarque designado, así como recibir la
entrega de la mercancía.
Los
peligros de degeneración y maltrato de la mercadería los asumirá desde el
vencimiento en que haya sido entregado y en todo caso de no obedecer con sus responsabilidades
deberá Afrontar los peligros adicionales que pueda padecer la mercancía.
Asumir todos los costos
posteriores a la entrega de la mercancía (carga, colocación en el buque, flete,
descarga, trámite de aduana de importación).
Pagar cualquier
desembolso adicional en que se haya incurrido, inmediatamente sea porque el
barco designado por él no ha resistido a espacio, o no puede responsabilizarse
de la mercancía, o deja de aceptar carga con antelación del momento acordado.
El importador tendrá que
dar al vendedor aviso sobre el nombre del buque, lugar de carga y fecha de
entrega requerida y pagara los gastos de inspección previa al embarque. también
como todos los gastos y gravámenes en que se haya incurrido para la obtención de
documentos de documentos y rembolsar los efectuados por el vendedor al prestar
su ayuda al respecto.
La contratación de un
seguro que cubra el riesgo de transporte en barco es voluntario.
Obligaciones del vendedor
Entregar la mercancía y
la factura comercial de acuerdo al contrato de compra-venta.
Responsabilizarse de
todos los trámites necesarios para el despacho en aduanas,
asumiendo todos los gastos que dicha transmisión requiere.
La mercancía debe ser entregada
al costado del buque conforme lo estipulado en el contrato en el lugar y fecha
acordado.
Asumir los riegos hasta
entregar la mercancía al costado del buque en el muelle puesta a disposición del
comprador.
Tener una comunicación con
el comprador luego que la mercancía ha sido entregada al costado del buque designado
con toda la documentación usual de prueba de dicha entrega de la mercancía.
Incurrir en todos los
gastos necesarios en las operaciones de verificación en efecto, hasta que la mercancía
sea puesta disposición por el comprador además de incurrir los gastos de
embalaje requerido para el transporte de la mercancía.
Si el comprador
necesite alguna ayuda para tramitación de alguna documentación emitido en el país
de origen que pueda necesitar el vendedor debe prestar ayuda. Así como
proporcionar información necesaria para conseguir el seguro.
Realizar todos los trámites
aduaneros necesarios para la exportación de dicha mercancía.
Documentación
mínima aportar por el vendedor
- Factura comercial.
- Lista de contenido (en el supuesto
de que la expedición esté compuesta por más de un bulto).
Otros documentos
dependiendo de las características del producto:
- Certificado Sanitario.
- Certificado de Metrología.
- Certificado de Pesos.
- Certificado CITES.
- Otras Certificaciones relativas al
producto a tramitar en el país de origen.
En función del Régimen
Comercial de Exportación, el vendedor podrá precisar para el despacho Aduanero
de Exportación algunos de los siguientes documentos:
- Licencia de Exportación.
- Autorización Administrativa de
Exportación.
- Documento de Vigilancia
Comunitaria.
- Notificación Previa de
Exportación.
Medios
de pago habituales
- Transferencia.
- Remesa simple.
- Remesa Documentaria.
- Crédito Documentario.